Ventajas fiscales
Puedes beneficiarte de desgravaciones en tu declaración de la renta.
Puedes beneficiarte de desgravaciones en tu declaración de la renta.
Ingenieros/as autónomos incluidos en el Sistema Alternativo a la Seguridad Social con La Mutua de los Ingenieros.
Ingenieros/as que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Seguridad Social).
Ingenieros/as colegiados trabajadores por cuenta ajena.
Los ingenieros/as (y familiares de primer grado) incluidos en el Sistema Alternativo al RETA de La Mutua de los Ingenieros tienen los siguientes beneficios fiscales:
Deducible el 100% de las cuotas satisfechas a La Mutua de los Ingenieros con limitación.
Hasta un máximo del 100% de la cuota máxima por contingencias comunes que en cada ejercicio económico se haya establecido por el RETA
Las cuotas que superan el límite anterior pueden reducirse, con limitación, de la base imponible general del IRPF siempre y cuando correspondan a cuotas de las coberturas de: jubilación, invalidez, dependencia y defunción.
La reducción de la base imponible general del IRPF, podrá ser la cantidad menor de los siguientes importes:
Este límite es compartido con las aportaciones a Planes de Pensiones individuales, Planes de Previsión Asegurados (PPA), cuotas de seguros privados de Dependencia Severa o Gran Dependencia, y cuotas a mutualidades de previsión social.
Los ingenieros/as pueden reducir de la base general del IRPF, con la limitación expuesta en el siguiente punto:
Las cuotas de las coberturas de: jubilación, invalidez, dependencia y defunción
La reducción de la base imponible general del IRPF, podrá ser la cantidad menor de los siguientes importes:
Este límite es compartido con las aportaciones a Planes de Pensiones individuales, Planes de Previsión Asegurados (PPA), cuotas de seguros privados de Dependencia Severa o Gran Dependencia, y cuotas a mutualidades de previsión social.
Los ingenieros/as colegiados trabajadores por cuenta ajena y sus cónyuges y familiares consanguíneos de primer grado pueden reducir de la base general del IRPF, con la limitación expuesta en el siguiente punto:
Las cuotas de las coberturas de: jubilación, invalidez, dependencia y defunción. Siempre que haya un convenio entre el colegio profesional y La Mutua de los Ingenieros en los términos establecidos por la normativa.
La reducción de la base imponible general del IRPF, podrá ser la cantidad menor de los siguientes importes:
Este límite es compartido con las aportaciones a Planes de Pensiones individuales, Planes de Previsión Asegurados (PPA), cuotas de seguros privados de Dependencia Severa o Gran Dependencia, y cuotas a mutualidades de previsión social.