Seguro de Gastos Quirúrgicos

Asegura los gastos relacionados con tu salud contratando una indemnización en caso de cirugía y pruebas diagnósticas.

Tarifica y contrata

Ventajas de nuestro seguro

Un seguro de gastos quirúrgicos permite que recibas una indemnización en caso de intervención quirúrgica, tratamiento especial o exploración. Con el seguro de La Mutua de los Ingenieros tendrás más seguridad y garantías como las siguientes:

  • Compatible con el seguro de asistencia sanitaria y con la Seguridad Social.
  • Contratable hasta los 59 años.
  • Coberturas destacadas: Hernias, laparoscopias, quistes, trasplantes, etc.
  • Indemnización de una cuantía equivalente, como máximo, a 4 veces el importe que consta en la Tabla de Indemnizaciones.

Características del seguro de Gastos Quirúrgicos

Te ofrecemos un seguro personalizable con la protección que necesitas, tanto por tu salud como el de tu familia ante cualquier contratiempo que pueda sufrir.

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Cobertura internacional

En cualquier centro sanitario del mundo.

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Máxima protección

Cobertura de la intervención o exploración diagnóstica por enfermedad o accidente.

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Complementario en la Seguridad Social

Cobertura complementaria a la pública de la Seguridad Social y al de cualquier otro seguro privado.

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Cobertura de por vida

Esta protección no está condicionada en modo alguno a un límite de edad concreto.

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Sin restricciones

Libertad para dedicar la indemnización a lo que desee la persona beneficiaria.

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Beneficios fiscales

En determinados casos, las cuotas abonadas pueden reducir la base imponible del IRPF.

Assessors

Nuestro equipo de consultoría te informará de la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
Con La Mutua, un mundo de servicios a tu alcance.

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FAQ - Preguntas frecuentes

1. ¿Qué es un seguro de Gastos Quirúrgicos?
Es un seguro que paga la cantidad pactada en caso de que el asegurado se someta a una intervención quirúrgica, tratamiento especial o exploración. Puede ser complementario de un seguro médico, de baja laboral, etc.
2. Si me someto a un tratamiento o intervención a cargo del sistema público de la Seguridad Social, ¿también cobraré la indemnización por el seguro contratado?
Sí, totalmente. Es perfectamente compatible.
3. ¿Qué diferencia existe entre un seguro de gastos quirúrgicos y uno de hospitalización?
Son dos tipos de seguros distintos aunque pueden ser complementarios. Por gastos quirúrgicos el asegurado cobra la indemnización en caso de intervención, tratamiento o exploración y en cambio en el caso de seguro de hospitalización cobrará una indemnización diaria durante el mismo tiempo que esté hospitalizado (con independencia de que sea centro público o privado) .
4. Si en un mismo acto médico me hacen más de una intervención, ¿recibiré indemnización para todas las intervenciones o sólo por una?
Cuando, en una misma sesión, sea necesario efectuar varias intervenciones, se indemnizará, de acuerdo con el baremo establecido, el 100% de la de mayor importe y el 50% de las restantes, hasta el máximo de indemnización contratada.

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