Fondo de Interés Garantizado
Una opción de inversión diseñada para proporcionar seguridad y estabilidad a nuestros mutualistas.
Una opción de inversión diseñada para proporcionar seguridad y estabilidad a nuestros mutualistas.
Modalidad incluida en el Plan de Ahorro, que ofrece un tipo de interés garantizado, calculado en función de las inversiones previamente realizadas por la entidad que estén vinculadas a la prestación y al mercado (revisado trimestralmente).
1,40%
El tipo de interés anual en vigor hasta el 31 de marzo de 2025 para los saldos acumulados en el Plan.
1/6
Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.
Importe mínimo de suscripción y reembolso de 30€
Interés garantizado con revisión trimestral.
Esta modalidad garantiza el capital invertido.
Válido para cualquier plazo de inversión.
Disponibilidad de suscripciones y reembolsos en cualquier momento.
Sin comisión (ni de reembolso ni de gestión).
Tipo de interés revisable trimestralmente, ofreciendo la oportunidad de beneficiarse de posibles aumentos, garantizando un nivel mínimo de rendimiento.
Garantía por parte de La Mutua de los Ingenieros. Independientemente de las fluctuaciones del mercado, tu inversión inicial está protegida.
Libertad de elegir la cantidad y frecuencia de tus aportaciones, así como la posibilidad de cambiar entre diferentes modalidades de inversión.
Sin coste de apertura ni reembolso. Tampoco tiene ningún tipo de comisiones.
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Nuestro equipo de consultoría te informará de la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
Con La Mutua, un mundo de servicios a tu alcance.
Este seguro permite a las empresas cumplir con sus compromisos de previsión social, además de ofrecer beneficios fiscales y mejorar la fidelización de los empleados.
Adicionalmente, el Plan de Ahorro Multiempresa Previsión incorpora diferentes modalidades de inversión, de modo que estén representados todos los perfiles inversores, desde los más conservadores a los más dinámicos
Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
Las aportaciones que realiza la empresa en nombre de sus trabajadores en el Plan de Ahorro Multiempresa Previsión están exentas de tributación en el IRPF, siempre que cumplan con los límites legales establecidos. Esto significa que el trabajador no tributa inmediatamente por estas aportaciones, difiriendo el pago de los impuestos hasta el momento de la percepción de los fondos.
Tributación diferida:
Los trabajadores tributan por las prestaciones que reciban sólo cuando se perciban, ya sea en forma de capital o de rentas. Esta tributación se considera rendimiento del trabajo y, por tanto, tributa al IRPF en el momento del cobro. La diferencia es que los empleados pueden gozar de un tipo impositivo más bajo en el momento de la jubilación, cuando normalmente la base imponible es menor.
La empresa puede realizar aportaciones periódicas y/o extraordinarias a favor de cada trabajador, en función de las condiciones que haya establecido la empresa con la plantilla o con cada trabajador.
Las aportaciones periódicas se pueden suspender o modificar en cualquier momento.